En la anterior entrada no salíamos de nuestro asombro al comprobar como el PGOU legalizaba la construcción de este edificio en el que prima -una vez más- el interés especulativo a la conservación de los valores del conjunto histórico-artístico de esta vapuleada ciudad. Una denominación, que al rítmo de la proliferación de estos atentados contra su patrimonio arquitectónico y urbanístico, carecerá cada vez más de sentido.
Pero más asombra que la ficha del PGOU de la citada casa establezca que no esté afectada por ningún entorno BIC, cuando linda pared con pared con la iglesia de San Miguel, una de las joyas del patrimonio artístico jerezano, y si me apuran, del patrimonio artístico andaluz.
Quizás argumentaran los redactores de la citada ficha que la declaración de Monumento Histórico-Artistico que recibió esta iglesia en 1931 no establecía ni delimitaba la protección de su entorno, tal y como se realiza actualmente en estas declaraciones. La consecuencia: escudado tras una "conservación de fachada", un soberbio ladrillazo con ático de lujo con vistas a las cubiertas del Sagrario de San Miguel estaba, pues, servido en "bandejita de plata pressiossa" al mejor postor.
Sin embargo, se ha pasado por alto una consideración legal que puede cambiar radicalmente las cosas. Se trata de la Disposición adicional cuarta de la Ley de Patrimonio de Andalucia (el PGOU es posterior a esta Ley), que trata sobre el entorno de inmuebles como el que estamos tratando. Dice lo siguiente:
"1. Los monumentos declarados histórico-artísticos conforme a la legislación anterior a la entrada en vigor de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y los bienes afectados por el Decreto de 22 de abril de 1949, sobre protección de los castillos españoles, que gozan de la condición de Bienes de Interés Cultural, a los que no se les hubiera establecido individualmente, tendrán un entorno de protección constituido por aquellas parcelas y espacios que los circunden hasta las distancias siguientes:
a) Cincuenta metros en suelo urbano.
2. Este entorno podrá ser revisado mediante expediente de modificación de la declaración del Bien de Interés Cultural."
a) Cincuenta metros en suelo urbano.
2. Este entorno podrá ser revisado mediante expediente de modificación de la declaración del Bien de Interés Cultural."
No hace falta decir que el inmueble que tratamos se encuentra a menos de cincuenta metros de un monumento declarado como BIC, y que su construcción perjudica gravemente la contemplacíón visual de éste. Infringiéndose de este modo el artículo Artículo 19 de la citada Ley de Patrimonio de Andalucia sobre contaminación visual o perceptiva de Bienes de Interés Cultural. Este artículo dice lo siguiente:
"1. Se entiende por contaminación visual o perceptiva, a los efectos de esta Ley, aquella intervención, uso o acción en el bien o su entorno de protección que degrade los valores de un bien inmueble integrante del Patrimonio Histórico y toda interferencia que impida o distorsione su contemplación.
2. Los municipios en los que se encuentren bienes inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía deberán recoger en el planeamiento urbanístico o en las ordenanzas municipales de edificación y urbanización medidas que eviten su contaminación visual o perceptiva.
Tales medidas comprenderán, al menos, el control de los siguientes elementos:
Ahora me hago la pregunta: ¿es legal o no la construcción del citado ático? Por los datos que hemos expuesto parece que no, pero "Doctores" tiene el urbanismo jerezano que pueden responder con propiedad y conocimiento.
Sea legal o no, como digo, esta construcción, lo que sí es una falta de sensibilidad y un atentado contra la armonía estética, y en esto creo que no hay discusión alguna, aunque haya "gente pá tó". Una armonía estética que debe primar legalmente en las contrucciones de nueva planta dentro de un conjunto histórico-artístico declarado como es el caserío de Jerez.
Sea legal o no, como digo, esta construcción, lo que sí es una falta de sensibilidad y un atentado contra la armonía estética, y en esto creo que no hay discusión alguna, aunque haya "gente pá tó". Una armonía estética que debe primar legalmente en las contrucciones de nueva planta dentro de un conjunto histórico-artístico declarado como es el caserío de Jerez.
Juan A. Moreno.
8 comentarios:
Menos tendenciosidad, que esa obra está en marcha desde antes de la reforma de la ley de patrimonio y desde antes del PGOU. Y más tiempo lleva al lado la sede del Santo Crucifijo, cuya puerta tiene más concomitancias con Luxor que con Jerez y nadie dice nada. ¿Para cuando una rutilla por las casas hermandad? ¿esas son sagradas, no?. Pues además de sacar el ladrillazo de la Ermita de Guía podríais ilustrar con el Mamarracho (así, con mayúsculas) de la Casa Hermandad que se apoya con desparpajo y chulería sobre ermita y fuente, como si le fuese a invitar a unos cubatas.
Y San Mateo, y la Yedra, y... eso no se ve en este blog, que empezó muy interesante y ha adoptado un discurso cansino, lastimero y repetitivo.
Pues a por ellos.... ¿No hay forma de llevarlos a juicio, aunque la defensa la haga un abogado de oficio?...
En cuanto lo que dice el anónimo 1, estoy muy de acuerdo, pero también hay que reconocer que a veces pueden ser los únicos que se interesen en sus templos (como en el caso que hoy leí de San Juan de los caballeros, pagando de su bolsillo los arreglos de su templo)...
Anónimo:
si este blog te parece repetitivo y cansado, no vuelvas a entrar en él, mira que fácil.
Y mejor todavía: abre el tuyo propio, haz el trabajo que hacemos nosotros a tu manera y expon tus ideas, exponte a las críticas y firma con tu nombre y apellido, dando la cara, como hacemos nosotros. Entonces, podremos hablar y discutir en un mismo plano de equilibrio.
Esperanza de los Ríos.
No puedo estar más de acuerdo con el comentario de #1 anónimo. Aquí nunca se mencionan lo de las casas de hermanadad. La mayoría ubicadas en zonas de interés y que podrían acogerse al termino que se utiliza aquí de 'ladrillazo'.
Cuando se hace una gira por san mateo, ¿no se dice nada de la casa de hermandad? y de san juan de los caballeros, adosada a la misma iglesia?
PD: hay que saber encajar las criticas y no soltar ese altivo comentario de 'si no te gusta no mires'...
Aceptamos las críticas, claro que sí. Pero aquellas que vengan a sumar, no las malintencionadas y de fundamentos tan débiles que no merecen la pena constestar siquiera. Un respetoso saludo.
Por cierto, la denuncia a los "Áticos de san Miguel" está en marcha. Iremos informando.
Sra. Esperanza de los Ríos, creo que su respuesta al comentario de #1 Anónimo no ha sido equilibrada. La crítica no está tan mal, sin embargo su respuesta deja mucho que desear.
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